viernes, 27 de febrero de 2015

NÚCLEOS COSTEROS: INCERTIDUMBRE

El Tribunal Constitucional (TC) entiende que la regulación de la zona de litoral afectada corresponde al Estado, razón por la cual ha anulado algunos preceptos de la Ley autonómica orientada la legalización de núcleos costeros. O sea, que, en principio, no se vulneran principios legales. La norma canaria trataba de regularizar, en la medida de lo posible, la situación de aquellos núcleos o poblados que han ido surgiendo, creciendo y proliferando en puntos costeros insulares.


Pero, interpretaciones jurídicas al margen, el problema subsiste y la incertidumbre va a seguir primando. Porque la resolución del TC apenas surte efectos si se tiene en cuenta que la Ley canaria, al resultar suspendidas indefinidamente las disposiciones que sustanciaban la idea de consolidar los núcleos costeros tradicionales que entrañasen valores sociales, culturales o etnográficos, en la práctica nunca fue aplicada.

Por lo tanto, sin voluntad política por parte del Gobierno de la nación de explorar soluciones, vía legal, el bloqueo es evidente y la incertidumbre sigue creciendo. Una lástima, siempre pensando en la defensa de los intereses generales, porque la Ley estatal de 2013 asumió parte de los preceptos consignados por la normativa autonómica. Por ejemplo, que los núcleos que tuviesen la condición de urbanos (servicios básicos incluidos) antes de la entrada en vigor de la Ley de Costas de 1988, podían permanecer. Esta Ley señalaba que, además de tener la condición de urbano, el suelo debía estar clasificado como tal con anterioridad.

Veamos qué camino sigue el Gobierno de Canarias tras esta resolución del TC. Es evidente que el ejecutivo debe sostener el que las competencias urbanísticas y de ordenación del litoral corresponden a la Comunidad Autónoma y que, teóricamente, no deberían existir distinciones entre el territorio litoral y el resto de la superficie de las islas. Pero en ese nudo competencial se ha producido el atasco.

A ver cómo se despeja.



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