lunes, 10 de junio de 2013

PROTEGER A LOS MENORES

Pensar en los menores, proteger a los menores, asistirles mediante respuestas adecuadas… El más reciente repunte de la violencia de género obliga también a reflexionar sobre la suerte de los menores de edad que son víctimas de esa lacra social de nuestro tiempo. No sólo la indefensión ni el peor de los casos, la orfandad, sino el compromiso de superar estos riesgos y velar por su integridad: en esos objetivos hay que esmerarse. Y hacerlo mediante Ley.
            Distintas asociaciones de mujeres, viendo el cariz de los últimos acontecimientos, han reaccionado. Y el Grupo Parlamentario Socialista en las Cortes también, precisamente promoviendo una Proposición de Ley orientada al fortalecimiento del ordenamiento jurídico que recoge la modificación del articulado de los códigos Civil y Penal, de la ley de Enjuiciamiento Criminal y de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Los datos que contrastan la disminución de denuncias -se ha vuelto a niveles del año 2007-, de mujeres bajo distintos sistemas de protección, de las llamadas al teléfono directo de ayuda (016) y del número de prestaciones del servicio de teleasistencia, así como una cierta pasividad del Gobierno que no parece impuesto de la gravedad del problema, hacen que la iniciativa tenga plena razón de ser. Todo lo que haga por los menores debe ser acentuado y ponderado.
            De ahí que se haga hincapié en la Ley integral contra la violencia de género, considerada como una de las avanzadas del entorno. Por ejemplo, es razonable plantear que los jueces puedan suspender las medidas de guardia y custodia e, igualmente, el régimen de visitas de los hijos a los padres encausados en un procedimiento penal por violencia de género. Es una cautela consecuente si la autoridad judicial detecta indicios racionales y suficientes en un procedimiento de divorcio, separación o nulidad.
            De acuerdo con la experiencia acumulada, se propone que la modificación legislativa obligue a los juzgados de violencia de género a conocer el quebrantamiento de las condenas de los maltratadores, de las medidas de seguridad y de todas aquellas otras de carácter cautelar que fortalezcan las condiciones de prevención pues, lamentablemente, se ha comprobado que en medio de esas situaciones se han registrado algunos asesinatos, lo cual pone en evidencia el enorme riesgo para la vida y la integridad de la víctima. En efecto, hay en ese marco algunos casos dramáticos, desgarradores, cuando concluyen con la muerte de menores de edad a manos de sus progenitores.
            Los menores no pueden ser víctimas añadidas a uno de los fenómenos sociales más reprobables de nuestro tiempo. Superación de hábitos, de acuerdo; otra cultura, otros modelos de conducta, claro que sí. Pero eso lleva su tiempo. Y para moldearlas es imprescindible contar con soportes legales tan sólidos como eficaces que coadyuven a los cambios sociales que se requieren. Difícilmente podremos hablar de una sociedad avanzada si arrastramos lacras como la que comentamos. O peor, si no se adoptan medidas que erradiquen comportamientos violentos y criminales.

            En este asunto, desde luego, no es cuestión de ceder. Al contrario, lo que toca es seguir progresando y conquistando. Por todos, claro. También por los menores.

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